Pequeño contribuyente

Ventajas

  • Solamente se paga el 5% de IVA (Impuesto al Valor Agregado) sobre la emisión de cada factura, no paga ningún otro impuesto
  • Requiere una contabilidad básica porque no es objeto de retenciones ni deducciones

Desventajas

  • Máximo de facturación anual es de Q150,000.00. Al superar este monto, automáticamente se cambia al régimen general
  • No genera crédito fiscal al cliente a nombre de quién se extiende la factura
  • No es objeto de deducciones para el pago del IVA

¿Qué impuestos se pagan en este régimen?

Solamente el Impuesto al Valor Agregado (IVA) del 5%.

Régimen General

Ventajas

  • No hay límite máximo para facturación
  • Genera crédito fiscal para el cliente a nombre de quien se extiende la factura
  • Pueden deducirse facturas para el pago de lmpuesto al Valor Agregado (IVA)

Desventajas

  • Tasa impositiva más alta
  • Pago de Impuesto al Valor Agregado (IVA), Impuesto Sobre la Renta (ISR) e Impuesto de Solidaridad (ISO)
  • Requiere una contabilidad más compleja

¿Qué impuestos se pagan en este régimen?

1) Impuesto al Valor Agregado (IVA): la tasa impositiva es de 12% con la ventaja que se pueden agregar las facturas emitidas a favor del contribuyente que generen crédito fiscal y deducir las mismas.

2) Impuesto Sobre la Renta (ISR): Para este impuesto existen 2 modalidades:

  • Pago mensual: se calcula sobre el monto total de la factura sin incluir el IVA y la tasa impositiva se calcula de la siguiente manera: 5% hasta Q.30,000.00 7% arriba de Q. 30,001.00 ó
  • Pago trimestral: 25% sobre los ingresos menos los gastos durante el trimestre. Esta es recomendable para negocios cuyo objeto está relacionado con manejo de mercadería.

Impuesto de Solidaridad (ISO)

Dicho impuesto tiene como finalidad gravar las actividades de los contribuyentes que obtengan un margen bruto superior al 4% de sus ingresos brutos (ingresos en un período de 1 año. Por margen bruto, la ley entiende la suma de todos los ingresos menos la diferencia del total de las ventas con sus respectivos costos de ventas.

El porcentaje que se grava de este impuesto es del 1% y se calcula sobre la cuarta parte del monto de los activos netos o la cuarta parte de los ingresos brutos de las personas que están obligadas a pagarlo. Es importante mencionar que el ISO y el Impuesto sobre la Renta (ISR) son acreditables entre sí, esto quiere decir que se puede deducir el pago de uno de estos impuestos del otro. Para que esta deducción pueda operar se debe de cumplir con alguno de estos requisitos, el primero es que el monto del ISO pagado en un año calendario se puede acreditar al ISR hasta que se agote el monto pagado y el segundo es que los pagos de ISR que se han hecho en forma trimestral se pueden acreditar al pago del ISO del mismo año calendario.